Te agradaría saber ¿Qué sucede con la gente que llegan a trabajar en una compañía donde se marcha de jubilación empresario de sociedad limitada? Con lo que te recomendamos proseguir leyendo para comprender que puede ocurrir.

Jubilación empresario de sociedad limitada

En España la enorme mayoría de los trabajadores que llegan a ofrecer sus servicios a compañías de familias de menor tamaño, o compañías autónomas. Les puede llegar a pasar, la situación de jubilación empresario de sociedad limitada, siendo entre las causas de la finalización de la relación laboral, y se conoce como el retiro del empresario.

Con lo que durante este producto vamos a estar comentando de las secuelas en dependencia del género de empresario que sea. Si es un empresario individual o es una sociedad.

La jubilación de un empresario individual

En el momento en que el empresario es individual lo que significa solo una persona física, que es el que efectúa la actividad en nombre propio y exactamente el mismo llega a contratar trabajadores. En el instante que este se llega a jubilar, y le pone fin a la actividad que lleva a cabo en la compañía, acaba la relación laboral.

En el momento en que ocurra esto, los trabajadores van a tener derecho únicamente a la indemnización que le llega a corresponder con un mes de salario. En tanto que lo que sucedió no posee figura de despido, y por ende no está en su derecho a otra indemnización.

En las situaciones de la jubilación empresario de sociedad limitada unipersonal, no es requisito que se genere el objetivo de la relación laboral corresponde precisamente con la jubilación. Dado a que la jurisprudencia llega a dejar que puede pasar un intérvalo de tiempo sensato para llegar a liquidar el negocio y cerrar. 

En caso de que sea una compañía familiar, en el momento en que el empresario se llega a jubilar, los familiares no van a tener la obligación de llegar a proseguir con el negocio. 

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Jubilación del empresario que llega accionar a través de una sociedad limitada

Caso de que la jubilación empresario de sociedad limitada y exactamente el mismo tenga contratados a una sucesión de trabajadores a través de esta compañía, si el empresario se llega a jubilar, no tienen la posibilidad de darse por finalizados los contratos sencillamente por la jubilación.

En un caso así, si al jubilarse el empresario se llega a cerrar el negocio, la compañía debe seguir a despedir a sus trabajadores o asimismo usando la manera de un despido propósito si la plantilla de trabajadores es de 5 o menos usados. O mediante un despido colectivo un ERE si la cantidad es de sobra de 5 trabajadores.

En estas situaciones el trabajador sí está en su derecho a una indemnización de 20 días al año, y con un máximo de 12 mensualidades. Pero si caso de que, al jubilarse el empresario, pero la compañía prosigue con su actividad comunmente con el resto asociados en frente de ella, no existiría ninguna causa de despido puesto que la relación laboral proseguirá. 

Datos de relevancia

Como ahora se ha comentado de antemano la clave de este tema es, si con la jubilación se acaba o no la actividad del negocio. No importando si la compañía es individual o si es manejada por medio de una sociedad, la información primordial que todo trabajador debe tener es si las funcionalidades del negocio siguen tras la jubilación.

En ocasiones es requisito revisar de forma física, para poder ver si de todos modos se paró la actividad en la compañía, o si por contra exactamente la misma prosigue andando. En tanto que el negocio puede continuar activo en diferentes métodos:

  • Los herederos prosiguen con el negocio.
  • Pues antes de jubilarse el empresario llegó a vender la compañía a otra persona.
  • Por el hecho de que el empresario se jubiló, pero la compañía no se llegó a disolver.
  • Da igual que se llegue a generar un cambio de nombre, lo importante es que se prosiga haciendo exactamente la misma actividad.
  • Todo este tema está regulado por el Estatuto de los trabajadores en sus productos 49 y 44. 

Si deseas comprender lo que es un precontrato de un trabajo y varias cosas mucho más de este término, te vamos a dejar el próximo link  Precontrato de un Trabajo.

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En el momento en que llegan a ocurrir estas situaciones, lo que hay que hacer es una sucesión de compañías, o sea, el solicitado nuevo debe quedar sustituido con todos y cada uno de los derechos, obligaciones laborales y la Seguridad Popular del previo empresario. Con lo que los contratos de los trabajadores deben proseguir y los usados están en la obligación de continuar ofreciendo servicios a este nuevo jefe. 

En un caso así tanto el viejo empresario como el nuevo, son causantes de las obligaciones laborales que se tenían antes de esta sucesión. En varias oportunidades se procura de forma ilegal explotar la jubilación del empresario, para llegar a remover los contratos de los trabajadores, donde solo les llegan a abonar una mensualidad, si bien la actividad de la compañía prosigue. 

Así el nuevo empresario, prosigue con los estatutos precedentes de la compañía, sin unos trabajadores que tienen antigüedad en exactamente la misma, y sin los derechos de los viejos usados. Siendo esto una acción que no va con la legalidad que toda compañía debe realizar sus trabajadores.

¿Qué realizar caso de que la actividad siga después de la jubilación del empresario?

En caso de que tras la jubilación empresario de sociedad limitada la actividad de la compañía prosiga, y al trabajador se le ha finalizado el contrato por la jubilación del empresario, exactamente el mismo debe sentir esto como despido, con lo que en tal caso se tiene un tiempo de espera de 20 días para realizar un reclamo contra esta acción. 

En un caso así se le debe reclamar tanto al empresario como a la compañía, es esencial recaudar todas y cada una de las pruebas probables de que la compañía prosigue andando, como lo puede ser: 

  • Un ticket de compra. 
  • Un folleto de la compañía. 
  • Factura entre otros muchos. 

A continuación, te vamos a dejar el próximo vídeo donde vas a poder entender sobre los requisitos que debe cumplir el empresario para su jubilación. Con lo que te recomiendo verlo terminado. 

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