En este blog vas a encontrar una pequeña guía que te ayudará a conocer ¿Cuáles son los trámites tras fallecimiento de madre? Además, vas a encontrar mayor información relacionada con este tema. ¡No te lo pierdas!

Trámites tras fallecimiento de madre

La pérdida de un familiar es una situación bastante dolorosa, más aún cuando se trata de una madre. En estos momentos es indispensables conocer los trámites y los documentos necesarios para proseguir con este momento difícil.

Muchas personas disponen de un seguro, además, de ello cuentan con una persona que los apoye en todo momento, en cambio existen muchas otras que no. Los trámites básicos más importantes que debemos realizar son los que mencionaremos a continuación:

  1. Momento del fallecimiento: Cuando llega el momento que dicho familiar fallezca debes buscar la manera de obtener o de tener a tu disposición el certificado médico de defunción. Recuerda que el mismo debe venir firmado y sellado por el médico forense.
  2. Dentro de las 24horas: al transcurrir 24 horas después del fallecimiento debes inscribir el certificado de defunción en el registro civil de tu municipio.
  3. Luego de las 24 y 48 horas: proceder con el entierro del familiar que ha fallecido.
  4. Después de los 15días del fallecimiento: al haber transcurrido 15 días luego del fallecimiento y del entierro debes obtener un certificado conocido como últimas voluntades, además necesitas el certificado del Seguro Social del fallecido.
  5. Antes de 6 meses: antes de que transcurran los 6 meses de tal fallecimiento es necesario que realices el pago de los impuestos correspondiente, en especial si debes realizar un tipo de sucesión.

Obtener el certificado médico de defunción

Es importante que cuando el familiar fallezca obtengas un certificado médico de defunción el cual es producido o emitido por un hospital, en donde exista un médico forense, este certificado debes tenerlo siempre a la mano y aún más cuando vayas a registrar esta situación en el registro civil. Si el fallecimiento ocurrió en un lugar distinto al propio domicilio, los familiares del mismo deben obtener este documento en ambos municipios.

Para aquellos que no lo sabían el certificado médico de defunción, es un documento de carácter oficial el cual únicamente puede ser otorgado por un médico forense, además se debe solicitar cuando ocurre una muerte, el mismo debe contar con un timbre impreso del concejo general de colegios de médicos.

Dicho impreso puedes adquirirlos en diferentes lugares, como por ejemplo, en farmacia, colegio de médicos o en las mismas funerarias. Recuerda que este timbre es importante tenerlo para cuando lleves el certificado médico de defunción al registro civil.

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Inscripción de la defunción en el Registro Civil

Al transcurrir 24 horas luego de la muerte, tienes que presentar el correspondiente certificado de defunción, en conjunto con el DNI, el pasaporte o algún documento de identificación del fallecido en el Registro Civil. La inscripción de este documento se considera como una obligación legal, además es importante  que sea realizado dentro del tiempo prudencial.

Este trámite se tiene que realizar dentro de las 24 a las 48 horas, justo luego del fallecimiento. Es importante realizar esta inscripción, ya que sin ella no vas a poder tener licencia para realizar el entierro o la cremación.

Certificado de defunción y trámites tras fallecimiento de madre

El certificado de la defunción se encuentra inscrito en el Registro Civil, el mismo puede ser solicitado por cualquier persona o familiar, siempre y cuando esta persona cuente con el certificado médico y el DNI de la persona que ha fallecido. Sin embargo, a consecuencia de la situación que estamos viviendo por la pandemia del Covid-19 se ha implementado un sistema para que las personas puedan adquirir este documento con solo ingresar a la plataforma del Ministerio de Justicia.

Si realizas este trámite por Internet, recuerda que debes cumplir con cada uno de los datos que son solicitados, los cuales son de igual manera el certificado médico de defunción y el DNI de la persona fallecida. Normalmente no es necesario realizar estos trámites personalmente, ya que sí la persona fallecida cuenta con un seguro, la misma a de gestionar estos trámites.

Certificado de últimas voluntades

Este documento es el cual acredita todo lo relacionado con los testamentos, en este caso  si el fallecido ha dejado un testamento antes de su muerte. En este certificado debe especificarte el tipo de testamento, la cantidad de ellos, la fecha que fue realizado, cual es el notario responsable, entre otros. El certificado de últimas voluntades puede ser solicitado 15 días al haber transcurrido la defunción, para ello se debe presentar lo siguiente:

  • Modelo oficial 790; este puedes descargarlo en la plataforma web del ministerio de justicia.
  • Debes pagar una tasa de 78€.
  • Tienes que adjuntar el certificado médico de defunción, el documento de identificación del fallecido y a su vez el documento de identificación del solicitante.

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Obtener el testamento y la declaración de herederos

Si disponemos de un certificado de última voluntad, tenemos que saber que hay que dirigirse al notario que realizó este testamento, ya que obligatoriamente para realizar cualquier trámite necesitamos tener la copia del mismo, y esta la vamos a obtener por medio del notario ya que si no es de esta manera la copia que tengamos no será válida.

Liquidación de impuesto como uno de los trámites tras fallecimiento de madre

En muchas ocasiones este trámite es uno de los más costosos que tienen que cubrir los herederos, ya que se debe de realizar lo siguiente:

  • Impuesto de sucesiones: en un plazo transcurrido de 6 meses se debe cancelar un impuesto por sucesión, el mismo va a depender de los criterios en los que se encuentre el inmueble, como también van a depender de la comunidad en la que se encuentre.
  • Plusvalía municipal: al transcurrir 6 meses la plusvalía municipal de las propiedades que han sido heredadas deben ser canceladas.

Comunicación del fallecimiento al seguro social

Existen únicamente dos formas con las cuales se pueden comunicar o informar al Seguro Social sobre el fallecimiento  de una persona o en este caso de un familiar. Estas formas son las siguientes:

  1. Comunicación en persona con las oficinas del Seguro Social: este trámite debe ser realizado en los centros de atención correspondiente al Seguro Social, recuerda que para ellos debes solicitar una cita previa. El plazo mínimo para comunicar que un familiar ha fallecido o en este caso un pensionado, es de 30 días hábiles.
  2. Trámite por medio del sitio web del Seguro Social: puedes llegar a realizar este trámite de comunicación por internet.

Esperamos les haya servido de mucha ayuda la elaboración de nuestro post, por ello queremos recomendarles el siguiente artículo: Certificado de defunción: Trámites, solicitud y más.

 

 

 

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