¿Qué te viene a la cabeza en el momento en que oyes: “despido por causas económicas”? En el artículo, despejaremos todas y cada una de las inquietudes que consigas tener en relación al tema. Te enseñamos lo que significa e inclusive a de qué manera seguir si te llegara a ocurrir.

El despido por causas económicas ha de estar bien justificado para ser ejecutado.

¿De qué trata el despido por causas económicas?

En sencillos expresiones: es en el momento en que la compañía muestra la documentación legal y justificada de la coyuntura económica de la compañía a uno o mucho más trabajadores. La causa de despido por causas económicas, puede cambiar según las situaciones. A través de este desistimiento, se impide que el estado financiero de la entidad empeore.

La compañía tiene la obligación de mostrar lo siguiente:

  • Descubrir de una iniciativa económica avanzada o con variantes a la previo que va a mejorar la oferta y demanda de los servicios y modelos libres que tiene la compañía.
  • Mostrar las influencias que tienen estos cambios, para la supresión del contrato laboral de hoy.
  • Probar que, las acciones a tomar, son recomendables para el bien de la organización.

Jurisprudencia de despido propósito por causas económicas

El despido por causas económicas o asimismo popular como: “despido propósito”, está en el Estatuto de los Trabajadores, producto N°51. Las causas económicas que las compañías dan a conocer en el despido individual o colectivo, son justificadas de la próxima forma:

  1. Registro de pérdidas recientes o previstas: en el momento en que hay desenlaces negativos o disminuciones persistentes a lo largo de meses en los escenarios de ingreso de la compañía.
  2. Caída incesante en la producción y ventas: los números son inestables y no se aprecian novedades próximas.
  3. Componentes únicamente internos: las causas económicas siempre y en todo momento tienen que justificarse por presentarse en la compañía y por secuelas de la compañía.

En el momento en que se efectúa el despido por causas económicas, debe figurar un plan de optimización y avance para mayor justificación de las medidas económicas que se están tomando.

La validez de este género de despido, la dan los juzgados de lo popular. Quienes deciden si hay suficientes patentizas, introduciendo el valor de las pérdidas que representa la iniciativa, para proseguir con la extinción del contrato.

¿De qué forma se hace el despido por causas económicas?

La compañía va a deber llevarlo a cabo, mediante una carta. En ella, se va a deber mostrar con aspecto la coyuntura económica que transporta a tomar esta resolución, sea un despido colectivo por causas economicas o individualmente.

No es requisito que el archivo sea riguroso con la proporción de datos financieros, pero si es conveniente ser claros en las causas del despido, a fin de que el colectivo o usado tenga bastante información.

Puede presentarse un conflicto por la parte del usado si las causas de despido por causas económicas no le alcanzan. Por lo tanto, se pedirá la mediación de un juez y en esta ocasión si va a haber que reclamar toda la data de finanzas de la compañía (la que va a tener 20 días para darla).

Esta carta, es entregada a usados y al departamento legal de los trabajadores. La compañía dará 15 días de preaviso desde la distribución de la carta, hasta la finalización del contrato laboral.

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La indemnización equivale a 20 días de salario al año de trabajo.

Indemnización por despido propósito

La indemnización por despido por causas económicas, se calcula según los años de antigüedad que tenga el usado. Esto tiene dentro los datos de salario y contrato laboral. El sueldo, que se establece de base para tener el resultado definitivo, es el último que siente el usado, antes de la extinción laboral.

Si la entidad encargada en abonar estas remuneraciones a su cuenta, infringe con el pago, va a ser proclamado como “improcedente” frente a un juez, que le demandará cumplir el deber de solucionar la deuda. Sin embargo, la compañía puede justificarse aduciendo falta de fondos, para la liquidación de esta compensación, con la documentación adecuada frente a un jurado. Hay otros Géneros de despido, indemnizaciones y considerablemente más que puedes localizar.

Anticiparse a la petición de despido propósito, siendo usado

En las medidas que se toman en la situacion del despido por causas económicas, la próxima es prácticamente estratégica para el usado de la compañía bajo riesgo económico. O sea, el trabajador puede efectuar, en un período de 20 días, el preaviso de despido con la intención de ser pronunciado improcedente o nulo.

A través de estas acciones, el trabajador puede hallar una readmisión al sitio de trabajo o una indemnización a la que la compañía ofrece. La petición de esta administración se hace presentando un modelo de conciliación laboral. En el caso de no efectuarse el convenio con la compañía, el usado puede decantarse por demandar si lo considera preciso.

Despido por cierre de compañía por causas económicas

Las causas de cierre de una compañía tienen la posibilidad de cambiar, pero en la situacion de una Sociedad Mercantil, la más frecuente, es que su capital llega a reducirse tanto que las ganancias percibidas son inferiores a medio capital con que se creó. Los lineamientos a proseguir para el cierre de una compañía individual por causas económicas son los próximos:

  • Efectuar catálogo de deudas contraídas y solventarlas antes de la clausura.
  • Despedir y también indemnizar a trabajadores de la nómina.
  • Llevar a cabo inventario de recursos propios y liquidarlos.
  • Darse de baja como autónomo en la Seguridad Popular y Registro Industrial.

Por otro lado, te señalamos los procedimientos que se deben llevar a cabo de una sociedad mercantil que efectúa un despido por cierre de compañía por causas económicas :

  • Convocatoria de Junta General: sea en sesión ordinaria o excepcional, para alertar sobre el cese de la actividad de la organización.
  • Inventario y liquidación de recursos.
  • Cancelación total de deudas o apegarse a la etapa de certamen de acreedores.
  • Avisar al Registro Mercantil el objetivo de la actividad empresarial y cierre de la sociedad.
  • Avisar al Censo de hombres de negocios de la Agencia tributaria el cese de actividad.

Se aconseja a la compañía, redactar un archivo público notariado, que prolonga la notificación de disolvencia de la Sociedad Mercantil. Ahora te garantizamos el Formulario para cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo.

Para mayor información sobre el despido colectivo en las compañías te mostramos el próximo vídeo:

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